Cada vez más, la República Dominicana se posiciona como un mercado potencial para los alquileres de corta duración con fines turísticos, resultando un terreno fértil para el crecimiento de empresas como Airbnb, que ofrecen servicios digitales de una actividad que requiere ser regulada para que pague los impuestos que le corresponde según las leyes dominicanas.
Entre el 2018 y el 2023, el número de habitaciones ofertadas en plataformas digitales como Airbnb tuvo un crecimiento de un 23 % anual, de acuerdo al informe "Impacto del turismo en la República Dominicana", publicado por la Asociación Nacional de Hoteles y Turismo de la República Dominicana (Asonahores) el pasado mes de abril.
La cantidad de ingresos que generan las rentas cortas aún no están cuantificados de manera oficial, mientras el número de habitaciones ofertadas continúa in crescendo: a febrero del 2024, el país contaba con 47,474 propiedades de alojamientos de corta estancia-para un alza de 18.76 % respecto a 2023-, con 117,049 habitaciones, según los últimos datos del Ministerio de Turismo, que registra la estancia de 19,316 pasajeros en Airbnb solo el 20 de septiembre.
En términos legales, los arrendatarios de inmuebles están sujetos al pago del impuesto sobre la renta (ISR). Si este arrendatario, además, ofrece servicios de hospedaje a visitantes, debería facturar el impuesto a la transferencia de bienes industrializados y servicios (Itbis) por el servicio de hospedaje igual como lo hacen los hoteles, observa la economista Germania Montás, especialista en asuntos tributarios.