Consejo Directivo del Indotel establece aumento de velocidad mínima de internet de banda ancha

El Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) estableció mediante la resolución número 148-2024, la nueva definición de velocidad del servicio de acceso a internet de banda ancha, que aumenta de 4 a 30 megabyte (Mbps) por segundo de bajada, con miras a que este servicio sea más rápido y competitivo en el país.

La disposición deroga la anterior definición de velocidad de acceso a internet contenida en el artículo número uno del Reglamento General del Servicio de Acceso a Internet, dictado mediante la resolución número 033-2020, de fecha 20 de mayo de 2020.

La resolución número 148-2024 aumenta la velocidad mínima de 4 a 30 megabyte por segundo de bajada (Mbps) y de 1 a 10 Mbps de subida, en el internet fijo de banda ancha que ofrecen las prestadoras a los usuarios.

Fue firmada por Guido Gómez Mazara, presidente del Consejo Directivo; Alexis Cruz, en representación del ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, miembro ex oficio del consejo; Juan Taveras Hernández y Tomás Pérez Ducy, miembros, y Julissa Cruz Abreu, directora ejecutiva del Indotel.

Gómez Mazara informó que la disposición, discutida en el pleno del Consejo, sustituye la resolución número 033-2020, en la cual se definía la velocidad de internet de banda ancha "con una velocidad mínima de 4 Mbps de descarga y 1 Mbps de subida en el acceso a internet móvil".

Dijo que ahora, en cambio, la nueva disposición establece que esta velocidad debe ser subida a al menos 30Mbps, en el caso del servicio fijo y al cual se accede por redes wifi, para que pueda considerarse de banda ancha.

Explicó que en lo adelante la velocidad mínima será de 4 a 30 megabyte por segundo de bajada (Mbps), así como de 1 a 10 Mbps de subida en el internet fijo, cuyo aumento de velocidad pasa de 4 a al menos 8 Mbps de bajada para internet móvil.