En caso de aprobarse en este año el proyecto de ley de modernización y actualización del Código de Trabajo no se contemplará en este una indexación salarial para el 2025 por causa de la inflación, es decir, por los altos precios de los bienes y servicios.
El artículo 45 del nuevo marco legal de la “Reforma Laboral” expresa que, “durante el ejercicio presupuestario del 2025 quedará sin efecto el ajuste salarial por inflación, previsto en el párrafo I del artículo 296 de la ley que aprueba el (actual) código tributario de República Dominicana”.
La indexación salarial es un ajuste “automático” de los salarios de acuerdo con la inflación. Su propósito es que los empleados no pierdan poder adquisitivo; en otras palabras, que los salarios suban al ritmo de los precios, manteniendo el valor real del dinero en los bolsillos de los trabajadores.
En el artículo 296 se detalla la escala impositiva a gravar a los trabajadores.
Rentas hasta los RD$399,923.00, quedan exentas. Sin embargo, la excedente a los RD$399,923 hasta RD$599,884, tributarán 15%; excedente de RD$599,884 hasta RD$833,171, tendrá 20%, y excedente de RDS833, 171 en adelante, el 25%.
La nueva disposición presentada por el Ministerio de Trabajo y que se estudia en el Congreso Nacional, sostiene también que no se tomará en consideración las disposiciones establecidas en el artículo 327 del Código Tributario vigente.
Ante esa disposición en el proyecto de la reforma, la economista Mercedes Carrasco expresó en cuenta de X (Twitter) que: “significa negarle un derecho a los trabajadores dominicanos establecido en el código tributario y quitarle de los unos 15,000 millones de pesos a más de 500,000 empleados”.
No indexar los salarios indicaría que los empleados tendrían menos dinero real, ya que la inflación reduciría el valor de sus salarios.